Se incorpora al PMO el análisis de Antitranglutaminasa tisular IgA y de la biopsia de duodeno como métodos de diagnóstico de la Enfermedad Celíaca según lo publicado en el Boletín Oficial del Ministerio de Salud de la Nación, por la resolución 102/2011( pag 20), de manera que las Obras Sociales de nuestro páís deberán cubrir obligatoriamente estas prestaciones a partir de la fecha.
"CONSIDERANDO:
Que la enfermedad celíaca es una condición permanente de intolerancia al gluten y se manifiesta como una enteropatía mediada por mecanismos inmunológicos. Que por Ley Nº 26.588 se declara de interés Nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten. Que conforme al informe técnico científico elaborado por la Unidad Coordinadora de Evaluación de Tecnología Sanitaria del MINISTERIO DE SALUD, en Argentina existe un caso cada 79 niños y uno cada 167
adultos. Que la Ley mencionada determina que las obras sociales enmarcadas en las Leyes
Nros. 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma.
Que varias de las prácticas y tratamientos que forman parte del tratamiento integral
de la enfermedad celíaca ya están incluidas en el PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO
hoy vigente por Resolución MS 1991/2005, complementarias y modificatorias.
Que, sin embargo, resulta necesario incorporar otras prácticas y tratamientos destinados a su efectiva detección y diagnóstico, ya que la detección temprana y el tratamiento oportuno revisten fundamental importancia para evitar complicaciones secundarias de esta patología.
Que el análisis con el Anticuerpo IgA Anti Transglutaminasa tisular humana (a-tTGIgA)
y la biopsia endoscópica del duodeno proximal son herramientas costo-efectivas para el diagnóstico de la enfermedad celíaca.
Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD ENSERVICIOS DE SALUD, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS han prestado conformidad a esta propuesta. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervenciónde su competencia. Que se actúa conforme a las disposiciones de la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificada por Ley Nº 26.338, la Ley Nº26.588 y el Decreto 492/1995.
Que la enfermedad celíaca es una condición permanente de intolerancia al gluten y se manifiesta como una enteropatía mediada por mecanismos inmunológicos. Que por Ley Nº 26.588 se declara de interés Nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten. Que conforme al informe técnico científico elaborado por la Unidad Coordinadora de Evaluación de Tecnología Sanitaria del MINISTERIO DE SALUD, en Argentina existe un caso cada 79 niños y uno cada 167
adultos. Que la Ley mencionada determina que las obras sociales enmarcadas en las Leyes
Nros. 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma.
Que varias de las prácticas y tratamientos que forman parte del tratamiento integral
de la enfermedad celíaca ya están incluidas en el PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO
hoy vigente por Resolución MS 1991/2005, complementarias y modificatorias.
Que, sin embargo, resulta necesario incorporar otras prácticas y tratamientos destinados a su efectiva detección y diagnóstico, ya que la detección temprana y el tratamiento oportuno revisten fundamental importancia para evitar complicaciones secundarias de esta patología.
Que el análisis con el Anticuerpo IgA Anti Transglutaminasa tisular humana (a-tTGIgA)
y la biopsia endoscópica del duodeno proximal son herramientas costo-efectivas para el diagnóstico de la enfermedad celíaca.
Que la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD ENSERVICIOS DE SALUD, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS han prestado conformidad a esta propuesta. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervenciónde su competencia. Que se actúa conforme a las disposiciones de la “Ley de Ministerios - T.O. 1992”, modificada por Ley Nº 26.338, la Ley Nº26.588 y el Decreto 492/1995.
Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase e incorpórase al PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO la pesquisaa través del marcador sérico IgA Anticuerpos anti transglutaminasa tisular humana(a-tTG-IgA) para la detección de la enfermedad celíaca.
Art. 2º — Apruébase e incorpórese al PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO la biopsia del duodeno proximal para el diagnóstico de la enfermedad celíaca.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Juan L. Manzur.